VIVA VENEZUELA LIBRE!!!!!!

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EL FUTURO EN LA CALLE!

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En homenaje a nuestros héroes caídos y a nuestros presos políticos!!!

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A quien dió todo por su amor a Venezuela!!

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" "VENEZUELA EXIGE LA LIBERTAD DE NUESTROS PRESOS POLITICOS!!!"....

lunes, 28 de octubre de 2013

Decreto CESPAD despliega las alas de la Operación Cóndor en Venezuela.-


Por: Abog. José A. Martín E. · Publicado el 28/10/2013 -


Como muchas personas saben en Venezuela la Constitución Nacional señala en su artículo 58: – cito – “La  comunicación  es  libre  y  plural,  y  comporta  los  deberes  y responsabilidades  que  indique  la  ley.  Toda  persona  tiene  derecho  a  la información  oportuna,  veraz  e  imparcial,  SIN CENSURA,  de  acuerdo  con  los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea  afectada  directamente  por  informaciones  inexactas  o  agraviantes….” – fin de la cita -. Este precepto constitucional constituye la base legal fundamental, la regla general de oro sobre el derecho a la información en Venezuela. Para todo efecto y alcance jurídico.   

Más adelante nuestra Carta Magna en el artículo 337 sobre “LOS ESTADOS DE EXCEPCION” en su parte in fine señala – cito – : “…  En  tal  caso,  podrán  ser  restringidas  temporalmente  las  garantías consagradas en esta Constitución, SALVO LAS REFERIDAS a los derechos a la vida, prohibición  de  incomunicación  o  tortura,  el  derecho  al  debido  proceso,  EL DERECHO A LA INFORMACIÓN y los demás DERECHOS HUMANOS INTANGIBLES….”. Es decir, esta irrefutablemente claro que el constituyente en pleno al momento de establecer el nuevo pacto social de la Nación. Señalo, no solo la protección a la libertad del pensamiento y expresión del ciudadano cualquiera que fuese su opinión. Sino que además, entendió lo vital e importante que es para la protección y fortaleza de nuestra Democracia. El derecho pleno, amplio, SIN NINGÚN TIPO DE RESTRICCIÓN a la información y a la comunicación en un momento crítico para la institucionalidad del país. Como sería, en un Estado de Conmoción, Excepción o sitio.   

Además, que si a este punto anterior le añadimos. Que conforme a la doctrina del Derecho Administrativo patrio. La Administración Pública venezolana debe y tiene que estar AL SERVICIO DE LOS CIUDADANOS – SUBRAYO – y no al servicio de un grupo e intereses determinados. El mismo,  se  fundamenta  en  los  principios  de  honestidad,  PARTICIPACIÓN, celeridad,  eficacia,  eficiencia,  TRANSPARENCIA,  RENDICIÓN  DE  CUENTAS  Y RESPONSABILIDAD EN EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, con sometimiento pleno a la ley y al derecho, conforme al artículo 141 de nuestra Constitución. 

  Es de acotar, que el precepto constitucional 143 de la Carta fundamental de todos los venezolanos, indica – cito – “Los ciudadanos y ciudadanas TIENEN DERECHO A SER  INFORMADOS E INFORMADAS  OPORTUNA  Y  VERAZMENTE  POR  LA  ADMINISTRACIÓN  PÚBLICA,  sobre  el estado de las actuaciones en que estén directamente interesados e interesadas, y  A  CONOCER  LAS  RESOLUCIONES  DEFINITIVAS  QUE  SE  ADOPTEN  SOBRE  EL  PARTICULAR. Asimismo,  tienen  acceso  a  los  ARCHIVOS  Y  REGISTROS  ADMINISTRATIVOS,  sin perjuicio  DE  LOS  LÍMITES  ACEPTABLES  dentro  DE  UNA  SOCIEDAD  DEMOCRÁTICA – SUBRAYO “DEMOCRATICA, NO SOCIALISTA” – en materias relativas a SEGURIDAD INTERIOR Y EXTERIOR, a investigación criminal y a la  intimidad  de  la  vida  privada,  de  conformidad  con  la  ley  que  regule  LA MATERIA  DE  CLASIFICACIÓN DE  DOCUMENTOS DE  CONTENIDO CONFIDENCIAL O SECRETO. No  se  permitirá  censura  alguna  a  los  funcionarios  públicos  o  funcionarias públicas que informen sobre asuntos bajo su responsabilidad.” – fin de la cita -. (LO SUBRAYADO ES NUESTRO) Es decir, no se puede eximir ni esconder del conocimiento público de los ciudadanos la información, las resoluciones, las decisiones, las actuaciones del Estado en el cual “LOS CIUDADANOS TENGAN INTERES”, ni aun siendo clasificada la misma. Todo esto, en aras de proteger el “interés público de los ciudadanos”.

  Recientemente  el periodista  Andrés Oppenheimer escribió un artículo llamado “Avanza la censura en la red”. En el cual, de forma inequívoca señala los resultados del informe anual de Freedom House, una organización —financiada en parte por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Holanda y por el Departamento de Estado de Estados Unidos –. Dicho estudio se basa en 60 países y revela que solo 17 de ellos la navegación por internet es “libre”, incluyendo a Estados Unidos, Alemania, Japón, Sudáfrica y Argentina. Y que 29 son “parcialmente libres”, e incluye países como Brasil, México, India, Rusia, Venezuela y Ecuador; y 14 que son “no libres”, incluyendo a China, Arabia Saudí, Irán y Cuba. A donde la Censura constituye un punto fundamental en los precitados países. 

  Al  referirse sobre el tema venezolano dice el informe: – cito -  “En Venezuela, el Gobierno directamente hostiga y con frecuencia cierra los sitios web de la oposición, y persigue a los blogueros de la oposición. Hubo interrupciones del servicio de Internet en momentos críticos durante las elecciones presidenciales del 14 de abril y durante el recuento de votos subsiguientes, y los sitios web de la oposición han sido bloqueado varias veces, afirma el informe.”  Y al final señala, una de las personas críticas de dicho informe – cito – “… es demasiado generoso con Venezuela. Tal vez deba incluir más colores en su mapa, para reflejar los diferentes matices de países “libres” y “parcialmente libres”…” – fin de la cita –. Para mayor, información recomiendo leer dicho artículo (Andrés Oppenheimer – Avanza la censura en la red). 

  Lo cierto, estimado lector es que el círculo de acceso a la información escrita, radial o televisiva y la navegación en internet en Venezuela se está cerrando. Sin que sea, oportunamente advertida dicha situación a los ciudadanos. El acceso móvil, telefónico, la navegación en determinadas redes sociales o a determinadas web sites opositoras al régimen comunista, cada día es más difícil. Y aquí no puede haber dudas que desde el año 2005 o 2006 aproximadamente se viene hablando de la  “presunta” penetración, bloqueo y control de las comunicaciones por parte de los cubanos. Mucho se ha escrito sobre la intervención del gobierno cubano no solo en las telecomunicaciones de Venezuela y sino también en otras áreas sensibles para la Nación. Tal como, en un momento lo denuncio el General Antonio Rivero, en un reportaje del periódico El Universal titulado “Cubanos en Venezuela” de fecha 5 de mayo de 2013. 

  Así como también, se habla incesantemente en varios sitios de internet como Soberanía.org sobre – cito – “…El famoso cable submarino de 640 Gb. entre Venezuela y La Habana (un regalo de Chávez al régimen cubano que Venezuela no necesitaba). A donde, a parte de “conjeturas y presunciones” se han emitido inquietantes hipótesis, relacionadas con la posible manipulación electrónica de las elecciones de 2012, otras con el uso militar del satélite Simón Bolívar, la reapertura de estaciones de espionaje electrónico en Cuba a mano de los chinos y la insólita “presunta” presencia de éstos en la operación cable….” – fin de la cita -. A demás, que mucho se ha hablado y mencionado sin que hasta el momento haya pruebas fácticas sobre la penetración de determinadas aéreas estratégicas de la nación por asesores chinos, rusos, iranís y  norcoreanos.  

 Pese, a toda la situación política interna en Venezuela y el uso de todo el poder del Estado para perseguir a los opositores al régimen comunista que trata de implantarse en Venezuela en contra de la Constitución. Y todo el acoso y búsqueda insaciable del control de los medios de comunicación. Y el público y notorio desastre en la infraestructura eléctrica que venido agobiando diariamente la vida de todos los venezolanos.  

 El año pasado en un reportaje sobre el crecimiento del internet realizado por la BBC de Londres, de fecha 6 de Agosto de 2012 y que se puede ubicar con facilidad en la red. Comscore, una de las firmas líder en medición del mundo digital, reveló en su último reporte que Venezuela encabeza – para ese momento, año 2012 – la lista mundial de países que más creció en número de usuarios de internet entre abril de 2011 y el mismo mes de 2012.  

 El informe destaca – según sus propias palabras – cito – “… que en el país caribeño este incremento fue del 62%, lo que supone más del doble que el periodo anterior y sitúa al país por delante de India (34%) e Indonesia (29%)….” – fin de la cita -. Lo que coloca a Venezuela como un país potencia a nivel mundial en consumo y crecimiento en cuanto a internet. En donde, la información tiene un campo importantísimo en su vida diaria de los ciudadanos. Razón, por la cual no se ha de extrañar que para un gobierno socialista, comunista y revolucionario sea imprescindible callar las voces de la disidencia opositora. Y ejercer con mano de hierro el control del internet, las redes sociales y de cualquier información por más insignificante que se vea. 

  Ya, existen juicios penales en contra de conocidos tuiteros, incluyendo a comunicadores sociales de reconocida trayectoria. Y existen, grupos anónimos afectos al régimen que amenazan constantes a sitios donde se difunde la defensa de la Democracia y la libertad. Prueba clara, del control estatal por medio de los brazos de los órganos de justicia. Es la conocida prohibición legal al momento de dictarse la Medida Sustitutiva de Libertad que se le impuso por parte de un tribunal, a la Dra. María Afiuni de utilizar la red social twitter o cualquier otra. En violación constitucional, a su derecho a la libertad de expresión.

Recientemente, con fecha 7 de Octubre de 2013. El ejecutivo nacional – en lo que catalogo un giro desesperado para mantener el poder -. Dicto el decreto 458 que crea el CENTRO ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE LA PATRIA – conocido con las siglas de CESPPAD -. Órgano desconcentrado – según el decreto – del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y seguimiento de la Gestión del gobierno. El cual dependerá UNICA Y EXCLUSIVAMENTE DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, según el artículo 1 de dicho Decreto Ley. Y conforme a su parte motiva, dicho organismo es creado para – cito -  “… el SUPREMO COMPROMISO Y VOLUNTAD DE LOGRAR LA MAYOR EFICACIA POLÍTICA Y CALIDAD REVOLUCIONARIA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SOCIALISMO, la refundación de la nación venezolana…”. Es decir, es instituido no para construir o defender la Democracia y las libertades públicas sino para cimentar el Socialismo en la tierra de Bolívar. Lo que coloca, a este decreto fuera del margen de la Constitución Nacional. Además, si se lee con cuidado las 167 líneas que conforman el Decreto. El mismo, no señala ni contemplan palabras como Democracia, Libertad, Garantías y Derechos Constitucionales, Ciudadanos, Constitución, etc. Sencillamente, porque el mismo carece y esta acéfalo de toda fundamentación y base constitucional. Pues, lo que aquí se pretende establecer es una figura censora, vigilante de las actividades de los ciudadanos. Cualquiera sea su posición o rango dentro del régimen.  

 A medida que lentamente se lee, se crean una serie de interrogantes y se ahondan la confusión a nivel legal e incluso gramatical. Incluso, por su estilo y forma de redacción “pareciera” que ni siquiera quien redacto dicho decreto fuese una persona natural de estas tierras. Pues, al crearse una figura y un órgano jurídico que no temo de clasificarlo jurídicamente como de “Para legal o por encima del sistema”. Se instaura una figura de Seguridad Nacional “sin control legal por parte de ningún órgano del Estado fuera del Ejecutivo”. Por encima del poder judicial, legislativo,  moral, electoral, fiscal, etc. Así como también, superior a todos los órganos de Seguridad del Estado, de las FANB, de la Ministro de la Defensa y del fuero de los Tribunales de Justicia. Utilizando inclusive un léxico y figura jurídica inexistente en nuestro ordenamiento jurídico legal vigente como “La Dirección Político Militar de la Revolución Bolivariana”. Y no definir de forma alguna que se debe precisar, entender, pensar o deducir como: “Enemigo Interno y Externo”.  Y que se debe juzgar o entender como “Neutralizar”. 

Cuando se examina, las funciones de este órgano de vigilancia interna señala en su artículo 3. Que el Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria SOLICITARÁ, ORGANIZARÁ, INTEGRARÁ, Y EVALUARA INFORMACIONES de interés para el nivel estratégico de la Nación, asociadas a la ACTIVIDAD INTERNA Y EXTERNA, proveniente de todos los ORGANISMOS DE SEGURIDAD E INTELIGENCIA DEL ESTADO y otras entidades públicas y privadas, SEGÚN LO REQUIERA LA DIRECCIÓN POLÍTICO-MILITAR DE LA REVOLUCIÓN BOLIVARIANA. Es decir, este cuerpo para legal que se crea tiene una función “POLITICA, REVOLUCIONARIA” y no es para servir ni siquiera al primer mandatario, ni es para la protección del Estado Venezolano. Si no, que es evidente que se establece para tomar decisiones que consoliden al SOCIALISMO y que frenen a sus adversarios.  

 Así mismo, el artículo 9 del Decreto viola y conculcan flagrantemente el precepto 143 de la Carta Magna, al dejar a un “REGLAMENTO INTERNO”. El mecanismo legal o funcionamiento de dicho organismo, sin que pueda ser conocido por ningún ciudadano. Sin que fuese posible conocer exactamente las competencias, los alcances y los mecanismos de actuación en cumplimiento de sus funciones que ejecutaría dicho organismo. Es decir, se establecería como una especie de caja negra legal. A demás, de no reglar ni la forma, ni la manera de cómo se pretende regular y declarar una información como reservada, clasificada o de divulgación limitada. Menos cavando lo artículos 58 y 337 de la Constitución Nacional al establecer la Censura Previa. Logrando por desconocimiento de este parapeto legal la autocensura y la coacción de los ciudadanos al momento de expresar sus ideas por cualquier vía.   

Todo ello, sin olvidar el delicado momento que se vive actualmente en el parlamento. En el cual se presenta una ley habilitante por parte del PSUV de amplio rango y alcance “comunista”. Y en la que se pretende delegar una serie de materias al Ejecutivo para que éste proceda a legislar según su propia conveniencia. Al revisar dicho proyecto de ley habilitante que conculca por cierto el “principio de reserva legal constitucional”. Al otorgársele al Ejecutivo la facultad de legislar en materia penal y de impuesto, que no está permitido doctrinariamente. No es difícil darse cuenta, que el CESPPA es la cabeza de turco de una maniobra política que se pretende materializar en contra de todos o un grupo de venezolanos opositores al régimen. Pudiendo, el Ejecutivo sorprendernos con una ley que paralice, persiga o frene las actuaciones de la oposición y de sus miembros. Para así, lograr el control tan deseado por la revolución. 

En los años 70 lo militares se hicieron con el poder en Sudamérica. Como pretexto dijeron que combatían el ascenso de la izquierda. Varios golpes de estados sucesivos dejaron en esos países un rostro de intolerancia, secuestros, asesinatos y exilios. Los diferentes dictadores rebasaron sus fronteras y unieron sus fuerzas. Y actuaron a la sombra del poder. Apareciendo en la historia contemporánea  de América, uno de los casos más graves de Terrorismo de Estado contra ciudadanos inocentes. La llamada “Operación Cóndor”.   

Con ese nombre se conoció el plan de coordinación de operaciones entre las cúpulas de Seguridad Nacional de los regímenes dictatoriales del Cono Sur de América, representados por —Chile, Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia y esporádicamente, Perú, Colombia, Venezuela, Ecuador. Todo esto, con “presunta” ayuda de la AGENCIA CENTRAL DE INFORMACION, conocida con las siglas de CIA de los Estados Unidos. Esta coordinación se tradujo en “el seguimiento, vigilancia, detención, interrogatorios con tortura, traslados entre países y desaparición o muerte de PERSONAS CONSIDERADAS POR DICHOS REGÍMENES COMO ‘SUBVERSIVAS DEL ORDEN INSTAURADO O CONTRARIAS AL PENSAMIENTO POLÍTICO O IDEOLÓGICO OPUESTO, O NO COMPATIBLE con las dictaduras militares de la región’”. El Plan Cóndor se constituyó en una organización clandestina internacional para la práctica del terrorismo de Estado que instrumentó el asesinato y desaparición de decenas de miles de opositores a las mencionadas dictaduras, la mayoría de ellos pertenecientes a movimientos de la izquierda política. 

  Me preocupa, como venezolano observar que en un régimen que se hace llamar Democrático, Soberano, Socialista y gobierno de un pueblo. Se instaure o emerja en un momento tan particularmente frágil para la institucionalidad del país desde el punto de vista político. Se cree, un organismo a la torera, sin ningún tipo de discusión parlamentaria, ni control legal y al margen de cualquier vestigio legal de nuestra constitución. Aprovechando la ebriedad “electorera” que se aproxima en los próximos días en Venezuela.  

 Este organismo para legal, cuyo decreto debe ser impugnado legalmente de Ipso facto. Puede ser usado en contra de cualquier ciudadano venezolano o no sin importar su pensamiento político. Lo que constituiría un caso entre tal vez de miles de violación de derechos humanos, de lesa humanidad conforme al Estatuto de Roma. Y cuyo único culpable en su ejecución administrativa, operacional y penalmente, sería el primer mandatario de la república. A cuya autoridad estará sujeto el precitado organismo. Y es necesario advertirlo, a los efectos legales consiguientes.  

 Se ha creado con este decreto no solo un CENSOR OFICIAL. Sino sobre todo, una figura por encima del bien y del mal; es decir del propio ordenamiento jurídico. Que no tiene ningún tipo de control. Y que pudiera “presuntamente” ser utilizado para la persecución y represión de los opositores al llamado Socialismo del Siglo XXI. Esa represión que era y es un símbolo de poder propio de los regímenes autoritarios, esta germinando con este decreto. Así lo demostró históricamente El Comisariado del Pueblo para Asuntos Internos – conocido como NKVD – del dictador Josef Stalin.  Como también lo fue la “Organización para la vigilancia y la represión del Antifascismo” de Mousolini; los grises de Franco; las SS de Hitler; la Volkspolizei en la Alemania Oriental; la KGB en la Unión Soviética; la seguridad nacional de Marcos Pérez Jiménez; la repugnante DINA de Pinochet, etc. Es hora, de meditar hacia dónde va Venezuela y a donde podemos parar si no se le ponen límites, a algo que no tiene ni pie ni cabeza política y jurídicamente.  

 Por eso es mi llamado civil y democrático a la sociedad venezolana para que se disparen las alarmas de la democracia en todo el continente. Y para que desde los diferentes sectores del país, tanto político, económico y social despierten y reaccionen. Ante la amenaza, declarada, cierta e inequívoca que se le hacen hoy a la libertad de expresión, a la Democracia y al Estado de Derecho en Venezuela. Ya no son solo las dictaduras militares del siglo veinte quienes persiguieron a sus opositores. Ahora, son quienes fueron los perseguidos de ayer los que pretenden pasar de perseguidos a perseguidores, con el llamado Socialismo del Siglo XXI. El mundo al revés. -

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