Editorial del Equipo Productor“Conscientes de que…los trabajadores…constituyen una expresión viviente de la miseria estructural que aun vive nuestro pueblo, sin vivienda, sin empleo, y … sometidos a condiciones inhumanas propias de formas contemporáneas de esclavitud que hoy ejerce el capital sobre el trabajo. …trabajadores que por sólo contar con su fuerza de trabajo como mercancía; para sobrevivir, han tenido que aceptar muchas veces, sin alternativa, las humillaciones a que son sometidas y sometidos por el acceso a una vivienda y a un empleo, siendo que el sistema patriarcal de valores que constituye la sociedad capitalista desconoce el valor del trabajo doméstico, fundamentalmente de la mujer, y por ello establece relaciones de dominación en todos los órdenes de la vida de estos trabajadores …., mujeres en su mayoría, adultos …mayores, familias sometidas a maltratos, humillaciones y limitaciones.”
El anterior párrafo no es parte de una declaración del movimiento obrero de principios del siglo pasado cuando las condiciones generales de trabajo de los obreros eran casi infrahumanas. Tampoco es parte de una declaración reivindicativa de los trabajadores negros sudafricanos que, luego del fin del ominoso régimen del Apartheid, buscaran dar a conocer al mundo los malos tratos y abusos a los que fueron sometidos por tantas décadas.
No, este párrafo fue extraído del preámbulo de la “Ley Especial para la Dignificación de Trabajadoras y Trabajadores Residenciales”, aprobada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela en el marco de la Ley Habilitante, que le fuera aprobada por la pasada Asamblea Nacional en Diciembre del 2010.
El preámbulo de dicha Ley habla muy mal de la sociedad venezolana, pues da a entender que la situación generalizada de los conserjes en nuestro país, era el de neo-esclavos, sometidos a jornadas de trabajo de más de 15 horas, a los que se les humillaba y maltrataba junto a todo su núcleo familiar, y por los que no había, ni por parte de la Administración, ni por parte de la Junta de Condominio, ni por el de ninguno de los residentes de los edificios, la más mínima consideración o reconocimiento.
Es justo decir que seguramente se habrán dado casos en los que los conserjes fueran sometidos a malos tratos y abusos, pero insinuar que esas excepciones sean o fueran la norma, constituye una verdadera afrenta contra el gentilicio del venezolano.
Si tomamos como base los resultados del censo del 2001, en el Distrito Capital el 47,2% de las 454.238 viviendas registradas, son apartamentos o anexos a quintas, según el mismo censo, el promedio de habitantes por hogar era de 4,1 persona, es decir, estamos hablando de que, solo en el Distrito Capital, más de 1,8 millones de persona fueron participes de abusos y prácticas esclavistas. Esto, a todas luces refleja la falacia en la que se sustentan las afirmaciones del preámbulo de la referida ley, que pretende generalizar situaciones y prácticas que, si se presentaron, constituían hechos aislados.
Lo que no menciona la ley, en ninguna de sus partes, es que la profesión de conserjes ha constituido un medio para que muchas familias mejoren su estatus socioeconómico, pues es una de las mejores pagadas a nivel de personas sin formación calificada, pues, a demás del sueldo mínimo y los beneficios de ley, reciben, sin costo alguno, la asignación de una residencia para él y su núcleo familiar, el pago de todos los servicios básicos (agua, gas, electricidad, teléfono fijo), y el servicio de TV Cable.
Además, esta profesión da al núcleo familiar del conserje la posibilidad de conseguir ingresos adicionales mediante la realización de trabajos de mantenimiento menor a los apartamentos del edificio, o prestando otros servicios a los vecinos (taxi, costura, etc.), todo sin salir de su área de residencia, lo que representa de por sí un gran ahorro en tiempo y desgaste físico, pues el trabajador no necesita trasladarse a su sitio de trabajo.
Por otra parte, se debe reconocer, que este tipo de trabajo, ha permitido que muchas familias puedan levantarse en entornos mucho más favorables, a nivel social y cultural, que al que podrían acceder con los ingresos de un sueldo mínimo. Es decir, el trabajo de conserje representa un medio para lograr la llamada movilidad social.
En la segunda parte de este artículo revisaremos alguno de los aspectos más relevantes de esta ley.
No, este párrafo fue extraído del preámbulo de la “Ley Especial para la Dignificación de Trabajadoras y Trabajadores Residenciales”, aprobada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela en el marco de la Ley Habilitante, que le fuera aprobada por la pasada Asamblea Nacional en Diciembre del 2010.
El preámbulo de dicha Ley habla muy mal de la sociedad venezolana, pues da a entender que la situación generalizada de los conserjes en nuestro país, era el de neo-esclavos, sometidos a jornadas de trabajo de más de 15 horas, a los que se les humillaba y maltrataba junto a todo su núcleo familiar, y por los que no había, ni por parte de la Administración, ni por parte de la Junta de Condominio, ni por el de ninguno de los residentes de los edificios, la más mínima consideración o reconocimiento.
Es justo decir que seguramente se habrán dado casos en los que los conserjes fueran sometidos a malos tratos y abusos, pero insinuar que esas excepciones sean o fueran la norma, constituye una verdadera afrenta contra el gentilicio del venezolano.
Si tomamos como base los resultados del censo del 2001, en el Distrito Capital el 47,2% de las 454.238 viviendas registradas, son apartamentos o anexos a quintas, según el mismo censo, el promedio de habitantes por hogar era de 4,1 persona, es decir, estamos hablando de que, solo en el Distrito Capital, más de 1,8 millones de persona fueron participes de abusos y prácticas esclavistas. Esto, a todas luces refleja la falacia en la que se sustentan las afirmaciones del preámbulo de la referida ley, que pretende generalizar situaciones y prácticas que, si se presentaron, constituían hechos aislados.
Lo que no menciona la ley, en ninguna de sus partes, es que la profesión de conserjes ha constituido un medio para que muchas familias mejoren su estatus socioeconómico, pues es una de las mejores pagadas a nivel de personas sin formación calificada, pues, a demás del sueldo mínimo y los beneficios de ley, reciben, sin costo alguno, la asignación de una residencia para él y su núcleo familiar, el pago de todos los servicios básicos (agua, gas, electricidad, teléfono fijo), y el servicio de TV Cable.
Además, esta profesión da al núcleo familiar del conserje la posibilidad de conseguir ingresos adicionales mediante la realización de trabajos de mantenimiento menor a los apartamentos del edificio, o prestando otros servicios a los vecinos (taxi, costura, etc.), todo sin salir de su área de residencia, lo que representa de por sí un gran ahorro en tiempo y desgaste físico, pues el trabajador no necesita trasladarse a su sitio de trabajo.
Por otra parte, se debe reconocer, que este tipo de trabajo, ha permitido que muchas familias puedan levantarse en entornos mucho más favorables, a nivel social y cultural, que al que podrían acceder con los ingresos de un sueldo mínimo. Es decir, el trabajo de conserje representa un medio para lograr la llamada movilidad social.
En la segunda parte de este artículo revisaremos alguno de los aspectos más relevantes de esta ley.
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1 comentarios:
en las conserjerías no le dan tv x cable, ni teléfono fijo, asi que x ese lado hay muchas equivocaciones..! todo eso lo adquiere la conserje con su dinero..!
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