VIVA VENEZUELA LIBRE!!!!!!

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EL FUTURO EN LA CALLE!

EL FUTURO EN LA CALLE!

En homenaje a nuestros héroes caídos y a nuestros presos políticos!!!

En homenaje a nuestros héroes caídos y a nuestros presos políticos!!!
Vuela alto hijo mío!!!...

A quien dió todo por su amor a Venezuela!!

A quien dió todo por su amor a Venezuela!!
" "VENEZUELA EXIGE LA LIBERTAD DE NUESTROS PRESOS POLITICOS!!!"....

sábado, 21 de marzo de 2009

Prepárate.....Hugo Chavez....la Justicia te acecha!!!

Escribe Marian Perez en
Megaresistencia, hoy sabado 21 de Marzo de 2009
Me tomé la libertad de traer
a este foro el siguiente mensaje de AMAVEX ::: Nota: PARA TODOS… amavex
............. el DENUNCIADO(Chávez), lee los FOROS....., espero en Dios que así
sea, y que leas este:

Deseo recordarte que efectivamente estas DENUNCIADO EN LA CORTE PENAL INTERNACIONAL con sede en los países bajos "LA HAYA", con el único fin de que tengas en los días sucesivos presente que estas siendo evaluado, observado y en fase de análisis y estudio para una posible investigación según nos han informado a través de la Coalición de la Corte Penal Internacional(CCPI).
Del mismo modo, esto te pone en preaviso, es decir, a diferencia del 11/12/13 de Abril del año 2002, cualquier cosa que suceda en Venezuela será absolutamente responsabilidad tuya, y no correrás con la misma suerte que en ese entonces, cuando desafortunadamente no había entrado en vigor el ESTATUTO DE ROMA, razón por la que hoy no podremos ver en tu juicio CRIMENES DE GENOCIDIO, habida cuenta que la ley no tiene lamentablemente retroactividad: Artículo 24-Irretroactividad ratione personae.
TEN PRESENTE EN TUS FUTUROS DIAS Y TUS NOCHES QUE ESTAS EN LA LUPA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL, DONDE POR CIERTO RECIENTEMENTE ACABAMOS DE VER LA PRIMERA ORDEN DE CAPTURA CONTRA UN PRESIDENTE EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, SENTANDO UN IMPORTANTE PRECEDENTE, QUE DEJA ESTABLECIDO QUE EN ESTA CORTE NO SE PERMITIRA QUE FUNCIONARIOS ENVESTIDOS EN LA INMUNIDAD DE SUS CARGOS COMETAN CRIMENES CONTRA LAS SOCIEDADES DEL MUNDO Y QUE QUEDEN EN LA IMPUNIDAD :
La CPI ordena detención del presidente de Sudán por crímenes en Darfur
JMS
Globovisión/
AFP 04/03/2009
06:48:37 a.m.
La Corte Penal Internacional (CPI) tomó el miércoles una decisión sin precedentes al emitir una orden de detención contra el presidente de Sudán, Omar el Bechir, por crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad en la región sudanesa de Darfur.
MONITOR DE LA COALICION DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL( situaciones y/o países bajo analisis):
Carta recibida de la Corte Penal Internacional, notificaión del estado de análisis y estudios de las solicitudes presentadas el 14 de marzo y el 15 de mayo, por las organizaciones que representan a la campaña desde el principio: Plataforma Democrática de Venezolanos en Madrid, Frente Iberoamericano por la Libertad(FIAL), Asosiación de Madres y Mujeres Venezolanas en el Exilio(AMAVEX) y Resistencia Civil de Venezolanos en el Exterior(RECIVEX):
MI INTENCION ES QUE TENGAS PRESENTE QUE ESTAS SIENDO OBSERVADO IGUAL POR LA COMUNIDAD INTERNACIONAL, EXISTIMOS ORGANIZACIONES QUE LLEVAMOS YA UN TIEMPO DEMOSTRANDO LO CRIMINAL, TOTALITARIO Y DICTADOR CARIBEÑO QUE ERES, NO SE TE OCURRA SALIR CON OTRO PLAN AVILA O COMO LO QUIERAS DENOMINAR, PORQUE ASI SOLO LOGRARAS EL EMPUJON QUE NECESITAMOS Y ADELANTARAS TU TIEMPO DE JUICIO, NO TE ATREVAS, LAS COSAS NO SON COMO ANTES, MENOS AHORA QUE HAS COLABORADO CON TU LENGUAJE BELICO, TU INCITACION A LA VIOLENCIA Y TU EMPEÑO EN IR AL MARGEN DE LAS LEYES ESTABLECIDAS EN LA CARTA MAGNA DE LA REPUBLICA.
TE LO ADVERTIMOS, RESPETA LOS DERECHOS Y LIBERTADES DEL PUEBLO VENEZOLANO.
Artículo 27
Improcedencia del cargo oficial
1. El presente Estatuto será aplicable por igual a todos sin distinción alguna basada en el cargo oficial.
En particular, el cargo oficial de una persona, sea Jefe de Estado o de Gobierno, miembro de un gobierno o parlamento, representante elegido o funcionario de gobierno, en ningún caso la eximirá de responsabilidad penal ni constituirá per se motivo para reducir la pena.
2. Las inmunidades y las normas de procedimiento especiales que conlleve el cargo oficial de una persona, con arreglo al derecho interno o al derecho internacional, no obstarán para que la Corte ejerza su competencia sobre ella.
CAMPAÑA INTERNACIONAL "JUZGAR A CHAVEZ" Helene Villalonga, amavex.org. -- -- --
Conozcámos un poco a lo que te expones Hugo Chávez:
ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
Aprobado el 17 de julio de 1998 por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una corte penal internacional.
Artículo 25
Responsabilidad penal individual
1. De conformidad con el presente Estatuto, la Corte tendrá competencia respecto de las personas naturales.
1. Quien cometa un crimen de la competencia de la Corte será responsable individualmente y podrá ser penado de conformidad con el presente Estatuto.
3. De conformidad con el presente Estatuto, será penalmente responsable y podrá ser penado por la comisión de un crimen de la competencia de la Corte quien:
a) Cometa ese crimen por sí solo, con otro o por conducto de otro, sea éste o no penalmente responsable;
b) Ordene, proponga o induzca la comisión de ese crimen, ya sea consumado o en grado de tentativa;
c) Con el propósito de facilitar la comisión de ese crimen, sea cómplice o encubridor o colabore de algún modo en la comisión o la tentativa de comisión del crimen, incluso suministrando los medios para su comisión;
d) Contribuya de algún otro modo en la comisión o tentativa de comisión del crimen por un grupo de personas que tengan una finalidad común. La contribución deberá ser intencional y se hará:
i) Con el propósito de llevar a cabo la actividad o propósito delictivo del grupo, cuando una u otro entrañe la comisión de un crimen de la competencia de la Corte; o
ii) A sabiendas de que el grupo tiene la intención de cometer el crimen;
e) Respecto del crimen de genocidio, haga una instigación directa y pública a que se cometa;
f) Intente cometer ese crimen mediante actos que supongan un paso importante para su ejecución, aunque el crimen no se consume debido a circunstancias ajenas a su voluntad.
Sin embargo, quien desista de la comisión del crimen o impida de otra forma que se consuma no podrá ser penado de conformidad con el presente Estatuto por la tentativa si renunciare íntegra y voluntariamente al propósito delictivo.
4. Nada de lo dispuesto en el presente Estatuto respecto de la responsabilidad penal de las personas naturales afectará a la responsabilidad del Estado conforme al derecho internacional. COPIO ESTE ARTICULO PARA QUE LOS LACAYOS, ACOLITOS Y VENDE PATRIAS DE QUIENES TE SECUNDAN VEAN QUE ELLOS TAMBIEN PODRAN SER ENJUICIADOS:
Artículo 28
Responsabilidad de los jefes y otros superiores Además de otras causales de responsabilidad penal de conformidad con el presente Estatuto por crímenes de la competencia de la Corte:
1. El jefe militar o el que actúe efectivamente como jefe militar será penalmente responsable por los crímenes de la competencia de la Corte que hubieren sido cometidos por fuerzas bajo su mando y control efectivo, o su autoridad y control efectivo, según sea el caso, en razón de no haber ejercido un control apropiado sobre esas fuerzas cuando:
a) Hubiere sabido o, en razón de las circunstancias del momento, hubiere debido saber que las fuerzas estaban cometiendo esos crímenes o se proponían cometerlos; y
b) No hubiere adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir o reprimir su comisión o para poner el asunto en conocimiento de las autoridades competentes a los efectos de su investigación y enjuiciamiento.
2. En lo que respecta a las relaciones entre superior y subordinado distintas de las señaladas en el apartado a), el superior será penalmente responsable por los crímenes de la competencia de la Corte que hubieren sido cometidos por subordinados bajo su autoridad y control efectivo, en razón de no haber ejercido un control apropiado sobre esos subordinados, cuando:
a) Hubiere tenido conocimiento o deliberadamente hubiere hecho caso omiso de información que indicase claramente que los subordinados estaban cometiendo esos crímenes o se proponían cometerlos;
b) Los crímenes guardaren relación con actividades bajo su responsabilidad y control efectivo; y c) No hubiere adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir o reprimir su comisión o para poner el asunto en conocimiento de las autoridades competentes a los efectos de su investigación y enjuiciamiento.
Por cierto te dejo esta perlita, por si acaso aun no la has leido en el post de la campaña Hugo Chávez, y es pertinente ya que nuestra denuncia esta basado en tu vinculación con el grupo terrorista de las FARC, y eso es conciderado como crímenes de transcendencia internacional no lo olvides:
La Corte Penal Internacional de La Haya acaba de pedirle al Gobierno de Colombia el computador de Raúl Reyes
Miércoles, 18 de Febrero de 2009
21:41
El supersecreto CM& La Noticia
La Corte Penal Internacional de La Haya acaba de pedirle al Gobierno de Colombia el computador de Raúl Reyes con todos sus discos y los documentos encontrados en su campamento, en Ecuador. El embajador en La Haya, Francisco Kiko Lloreda, estuvo la semana pasada en Bogotá y le transmitió al canciller Bermúdez y al alto Gobierno esa inquietud.
El Gobierno autorizó la entrega del computador, de los discos, de todos los archivos y de los documentos hallados en el campamento bombardeado. Todo ese material acaba de ser entregado en la secretaría de la corte, por el embajador Lloreda. Fue testigo el fiscal de la corte, Luis Moreno.
La corte anunció que revisará todos los documentos, archivos y discos aportados, para llamar a declarar a las personalidades no colombianas a quienes Reyes, aparentemente, menciona y compromete.
Bebe1010

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