Para que no quede duda de las exigencias hechas por el Comando Simón Bolívar y Henrique Capriles al CNE, transcribimos íntegramente la comunicación enviada
CIUDADANA
PRESIDENTA
TIBISAY LUCENA
Y
DEMÁS RECTORES DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
SU
DESPACHO.-
HENRIQUE
CAPRILES RADONSKI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad
número 9.971.631, actuando en mi condición de candidato a Presidente de la
República en las pasadas elecciones celebradas el 14 de abril de 2013, acudo
ante ustedes a fin de ratificar formalmente, con fundamento en los artículos 51, 293 y 294
de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 2, 3, 4
y numeral 31 del artículo 33 de la Ley Orgánica del Poder Electoral, 3, 156,
200 y 201 de Ley Orgánica de Procesos Electorales y artículos 2, 3 y 6 de la
Carta Democrática Interamericana, la solicitud de la auditoría de la
totalidad de los instrumentos de votación de las elecciones presidenciales
realizadas el pasado 14 de abril de 2013.
1.- Las normas que
constituyen el fundamento de esta solicitud, establecen los principios y
valores democráticos que propugnan la voluntad soberana del pueblo, expresada a
través del sufragio universal, directo, secreto, libre e igual, en un proceso
electoral transparente y confiable, como uno de los pilares fundamentales que
sostienen el Estado Social Democrático de Derecho y de Justicia. De dichas
normas se desprenden los estándares de participación política y del sufragio,
según los cuales los procesos electorales deben ser auténticos y fidedignos,
deben administrarse por una autoridad electoral constituida que supervise el
proceso electoral cumpliendo con las
garantías de justicia e imparcialidad y de acuerdo con las leyes
establecidas, asegurando un escrutinio independiente y un recuento que asegure
que los votantes tengan confianza en el proceso y en la autoridad electoral.
2.- Tal y como se
anunció al país durante la madrugada del 15 de abril, el estrecho margen
reconocido en el primero boletín electoral que ese Consejo Nacional Electoral
(CNE) emitió, aconseja la realización de una exhaustiva auditoría para
comprobar la sinceridad de esos resultados. (La diferencia es, así, de apenas 272.865
votos hasta el momento de la redacción del presente escrito).
3.- De hecho, la
realización de esa auditoría fue reconocida y aceptada por el candidato del
Partido Socialista Unido de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro, en su discurso
durante la madrugada del 15 de abril; y luego ratificada ese mismo día por su
jefe de campaña, Jorge Rodríguez. Hay, por ello, un acuerdo político entre los
dos principales candidatos en esas elecciones, en cuanto a la pertinencia y
necesidad de esa auditoría. Además de ello, el Secretario General de la
Organización de Estados Americanos ha avalado la conveniencia de la auditoría,
y ha puesto a la orden el apoyo técnico de esa Organización internacional para
facilitarla.
4.- La auditoría
que solicitamos es indispensable para asegurar y garantizar el principio de
transparencia que debe informar a todo proceso electoral, como señala el
artículo 156 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Asimismo, la auditoría
permitirá resolver, en un clima de confianza y paz, las diferencias actualmente
existentes en torno a los resultados electorales que anunció preliminarmente el
Consejo Nacional Electoral, lo cual garantizaría la legitimidad democrática a
la institucionalidad del Estado.
5.- Hacemos notar,
que la auditoría que se solicita mediante el presente escrito no es el proceso
de Verificación Ciudadana previsto en los artículos 437 y siguientes del
Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Ese proceso es
tan sólo una subespecie de las auditorias consagradas en el artículo 156, según
el cual la auditoria “es la verificación de todos aquellos recursos materiales,
tecnológicos y datos utilizados en la ejecución de distintas fases del proceso
electoral…”. De modo que se trata de una auditoria que busca verificar la
coincidencia que debe darse entre la información electrónica del sistema
automatizado de votación, los cuadernos de votación, las actas de escrutinio y
las papeletas contenidas en las cajas de resguardo del comprobante del voto,
para lo cual solicitamos la apertura del cien por ciento de las mismas, de
acuerdo a un cronograma y protocolo acordados previamente. Igualmente
solicitamos la auditoria de los reportes de identificación de huellas
dactilares generados por los dispositivos de autenticación integral y de las
planillas de incidencias.
6.- Muy en
especial, esta exhaustiva auditoría es necesaria ante el conjunto de denuncias
formuladas por el COMANDO SIMÓN BOLÍVAR
antes, durante y después de las elecciones del 14 de abril, denuncias
que afectan la transparencia de ese proceso. La auditoría precisamente es el
mecanismo legal idóneo para incidir favorablemente en esa transparencia
favoreciendo un clima de paz y convivencia social. De esa manera, acompañamos
marcado con la letra “A” una relación de algunas de las denuncias recibidas por
parte de ciudadanos y electores el día 14 de abril de 2013 en las cuales se
evidenció la alteración de la manifestación de la voluntad de los electores por
hechos que constituyen violaciones a la normativa aplicable al proceso
electoral, dejando a salvo la posibilidad de consignar información
complementaria a dicha relación de denuncias recibidas que actualmente aún está
siendo procesada. Así mismo, acompañamos marcada con la letra “B” una presentación
con algunas fotos y pruebas de algunos ejemplos de esas denuncias recibidas.
Por otro lado, anexamos marcado con la letra “C” un cuadro con la relación de
denuncias presentadas ante este CNE por violaciones a la normativa aplicable
durante el período de campaña electoral.
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