COMUNICACIÓN EMITIDA POR LA FUNDACION PARA EL DEBIDO PROCESO
Quien es el responsable de tanta muerte e impunidad en nuestras cárceles
Una realidad que estamos viviendo día a día en los centros penitenciarios venezolanos es el incremento de la violencia y de la impunidad. Esto acontece no solo por los ya conocidos factores de hacinamiento, retardo procesal, ocio, ausencia de políticas penitenciarias por parte de las autoridades competentes, entre otros.
De la lectura de solo dos artículos de nuestra Carta Magna podremos deducir quien es el responsable de tanta violencia, hechos de sangre intra muros y ausencia de una política penitenciaria acorde a los objetivos que la Constitución se traza.
Artículo 43 “El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad por cualquier otra forma.”
Artículo 272.¨El Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a los derechos humanos…¨
Como hemos podido ser testigos en los últimos días, desde el 12 de junio en los centros penitenciarios Rodeo I y II se vienen dando acontecimientos donde no nos queda claro como queda el papel del Estado ante tanta muerte, tantos lesionados, tanta violencia que no solo afecta a mas de cuatro mil internos, sino a mas de cuatro mil familias venezolanas que desconocen si su familiar se encuentra o no con vida o por lo menos si su integridad física se ha visto afectada.
Hemos visto en estos últimos años en nuestras cárceles episodios de violencia que se dan casi a diario y de donde surge al menos un muerto por día, que ya es parte de una estadística, sin mencionar los cientos de lesionados por motivos varios, casos donde la generalidad en cuanto a la resolución de esos casos es la impunidad, ya que no se conoce que las causas aperturadas por estos hechos violentos hayan tenido imputaciones por parte del Ministerio Público y mucho menos sentencias por parte de los tribunales competentes. Y aun así no nos sorprendemos ante estos sucesos irreprochables, algo está pasando en el seno de las población penitenciaria y su derivación la conocemos todos: violencia en todas sus formas, delitos más numerosos y más grave, pero que nadie investiga, sentimiento generalizado de violación de derechos humanos, inseguridad cada día para los visitantes de los internos e internas en un sistema penitenciario poco eficientes, en tribunales lentos y burocratizados.
Los planes de humanización implementados por el Estado se encuentra en profunda crisis, no acabamos de ver los resultados de estas medidas, no cumple con suficiencia lo que de ellas se espera, ni parece capaz de hacerlo sino emprendemos trabajos de saneamiento. El gobierno no puede excusarse solo mencionando que es una batalla entre internos por el control de la cárcel, que no hay participación de funcionarios en esas muertes, pero ¿y de quien es la responsabilidad entonces de tanta muerte, a quien le corresponde salvaguardar esas vidas, quien es el responsable de tanto armamento dentro de los penales?.
El gobierno debe saber que fracasó en su política si es que alguna vez existió, y debe ponderar la situación, poniendo en marcha las correcciones necesarias, no solo es salirle al paso a las emergencias que se pudieron prever y evitar.
El Estado tiene un compromiso irrevocable con la sociedad, con los mas marginados que en este caso no son otros que la población penitenciaria, debemos poner en marcha una política criminal, que no es mas que una sección de la política social del estado, que debe apoyarse en la educación, en la salud, en la nutrición, en el trabajo, en el salario que deben recibir los internos e internas por ese trabajo, que no solo sea un estimulo para la redención, en la recreación y esto implica prever, planificar y poner en marcha acciones positivas en la búsqueda de ese saneamiento que esperamos de nuestras cárceles.
Debemos diseñar una política criminal penitenciaria integral, donde tomemos en cuentas a las ongs, a los familiares de los internos e internas, amplia participación comunitaria, diagnosticando por áreas de problemáticas y de instituciones y organizaciones sociales.
Con ello procuraremos, que el interno no pueda delinquir mas dentro del recinto penitenciario, que no se hagan adictos a las drogas o al alcohol; que se reduzca la circulación ilegítima de armas de fuego, que se refuercen los sistemas educativos y recreativos para los internos.
Debemos poner énfasis en la formación de los valores; que se brinde apoyo a las familias, que estos se organicen y participen activamente en la búsqueda de soluciones de sus familiares privados de libertad.
Una tarea indispensable es la reestructuración integral de los servicios penitenciarios (legislación, reglamentación, infraestructura, capacitación y selección del personal, metodología de tratamiento, entre otras alternativas) e indudablemente poner en funcionamiento real los postpenitenciarios para asegurar una adecuada reinserción social. Deben también ser objeto de análisis las instituciones vinculadas al sistema penitenciario, como lo son los órganos jurisdiccionales y Ministerio Público a los fines de agilizar la justicia, frecuentemente morosa e ineficiente.
Qué hacer frente a este cuadro cuasi aterrador: hombres y mujeres privados de libertad, encerrados incluso sin saber si son culpables o inocentes, que ya alcanzan a la cifra de 49 mil aproximadamente en estructuras físicas que solo están diseñadas para 12 mil quinientas.
Por tal motivo nos permitimos repudiar los hechos iniciados el día 12 de junio y que hasta la presente fecha 18 de junio no han sido solventados, donde solo esperamos que se encuentre a los responsable de tanto dolor que embarga a muchos hogares venezolanos y que hasta ahora incluso se desconoce el numero de victimas mortales de seguir sucediendo la impunidad a que ya nos tiene acostumbrado el gobierno, seguida de la pérdida de la eficacia de la ley como efecto inhibidor o intimidatorio, ya que al no existir autoridad que la haga cumplir, el carácter preventivo de la ley se anula y los internos (as) están seguros de que la ley no los alcanza, por lo tanto no existe el temor al castigo, a la pena. Maxime cuando el responsable de estos internos asegura que en un lugar dispuesto para 850 personas existen mas de 4.000, sin embargo reitera que allí no se violan los derechos humanos, no es ya una violación ese hacinamiento? deja mucho que pensar a quienes tenemos que oírlo, hasta sospecha levanta tanta justificación.
El hecho de que tanto los internos, como el personal de custodia interna y externa de los recintos penitenciarios estén conscientes que por los hechos delictivos que cometan dentro de estos, no van a ser castigados (penalizados), no significa bajo ningún concepto violación de derechos humanos, para rehabilitar, para cumplir con el objetivo del estado y de la ley al imponer una pena al ciudadano que ha infringido la ley, no es menester la violación de los derechos fundamentales, pero se deben tomar medidas preventivas y/o buscar acciones que hagan menos dañinos los hechos de violencia acaecidos en los recintos penitenciarios.
Y mientras el intercambio de armas siga siendo un negocio dentro de las cárceles que involucre tanto a internos como a externos, poco hacen con las políticas de desarme. Todos los que alguna vez hemos visitado una cárcel en Venezuela, sabemos que es imposible introducir cualquier objeto sin la autorización o complicidad de los funcionarios, así que no busquemos otros responsables mas allá de los encargados de velar por la seguridad de estos recintos.
Cuando el temor a la ley desaparece, pues está consciente, sabe o intuye que la ley ha perdido su eficacia y las autoridades son débiles o no existen, se obra en consecuencia, es decir, no hay factor disuasorio a la hora de pensar en cometer un delito.
En base a los explanados argumentos es que instamos al Estado a que intervenga de manera oportuna y eficaz , para que se hagan las gestiones pertinentes y necesarias en la investigación de tan nefastos acontecimientos que cobraron muchas vidas solo por no tomar las acciones necesarias y preventivas que pudieron haber evitado tales acontecimientos, siendo que el Estado es el primer responsable en garantizar y proteger los derechos esenciales de todas las personas que se encuentren bajo su protección e involucra la realización de acciones positivas , como parte de la progresividad que caracteriza a los Derechos Humanos y que debe tener un Estado que así mismo se autodefine constitucionalmente como “ democrático social de derecho y de Justicia” (Art., 2 de la CRBV) gestionando ante los órganos competente, todo lo necesario para el sano desarrollo de los procesos y los involucrados en él.
Jackeline Sandoval Escobar
Directora Ejecutiva
FUNDEPRO
0 comentarios:
Publicar un comentario
Haga su comentario